Del valor que se declare dependerá las condiciones en que deberá entregar su carga, es decir:
| Valores inferiores a 4 UF. |
Valores mayores a 4 UF. |
| No requiere adjuntar un documento que respalde este valor. Solamente se verá registrado en la Orden de Flete, documento de transporte que se utiliza para controlar y hacer seguimiento a su carga. |
Deberá adjuntar Guía de Despacho o Factura (valorizada), de manera de acreditar dicho valor. |
Nota: Es importante que revise el valor impreso en la Orden de Flete, el cual, debe coincidir con lo que Ud. ha declarado. |